Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen general de retenciones y percepciones. Modificación.
Se establecen modificaciones al régimen general de retenciones y percepciones del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de la provincia de Santa Fe.
Entre las principales modificaciones, se destacan:
- Se incrementa de $ 22.000.000 a $ 29.000.000 el monto a partir del cual se deberá actuar como agente de retención y/o percepción.
- Se incrementa de $ 8.000 a $ 10.400 el importe de cada pago a partir del cual las empresas aseguradoras, por el pago a sus proveedores, las entidades financieras regidas por la Ley (PL) 21.526, las empresas que realicen el pago de comisiones a intermediarios, y las que realicen pagos de fletes que tengan origen en Santa Fe, deberán actuar como agentes de retención.
- Se incrementa de $ 200 a $ 300 el importe de cada pago a partir del cual las entidades que efectúen pagos a comerciantes con domicilio en Santa Fe, adheridos al sistema de tarjetas de débito, crédito, compras, vales alimenticios y similares, deberán actuar como agentes de retención.
- Se incrementa de $ 4.000 a $ 5.200 la base de cálculo a partir de la cual se deberá actuar como agente de percepción. En el caso adquirientes y sujetos que realicen la venta al por menor de carnes, dicha base se eleva de $ 8.000 a $ 10.400.
- Los contribuyentes alcanzados por las normas del Convenio Multilateral que actúan como agentes de retención y/o percepción deberán utilizar el aplicativo SIRCAR (Sistema de Recaudación y Control de Responsables de Agentes de Recaudación) para la presentación y pago de sus declaraciones juradas, a partir de la primera quincena del mes de febrero de 2019.
- El aplicativo SIRCAR será optativo para los agentes de retención y/o percepción no comprendidos por las del Convenio Multilateral.
La presente resolución entra en vigencia desde 18/01/2019 y es de aplicación a partir del 01/01/2019.