Convenio para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal. Emiratos Árabes Unidos.
Se aprueba el Convenio celebrado, el 3 de noviembre del 2016, entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio.
En este sentido, en la República Argentina, el Convenio será aplicable al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, e Impuesto Sobre los Bienes Personales, en tanto que en los Emiratos Árabes Unidos se aplicará al Impuesto Sobre la Renta y al Impuesto sobre las Sociedades.
Dicho convenio entrará en vigencia en la fecha de la última de las notificaciones de aprobación realizadas entre los estados parte, y será aplicable a partir del primero de enero del año siguiente al de su entrada en vigencia.