Sectores Primario Agrícola e Industrial. Contribuciones Patronales. Detracción Base Imponible. Aplicación total.
Se establece que los empleadores que al 31/12/2018 tuvieran alguna de las actividades agrícolas o industriales, detalladas en el Anexo I del presente Decreto, como actividad principal declarada ante la AFIP, aplicaran anticipadamente el 100% de la detracción de la base imponible de las contribuciones patronales devengadas entre el 01/03/2019 y el 31/12/2021.
Cabe mencionar que el monto para el año 2019 asciende a $17.509,20, por empleado y por mes.
En ese sentido, cabe destacar que en caso de no registrar al 31/12/2018 alguna de las actividades incluidas en el citado anexo, durante el año 2019 continuaran aplicando el 40% del monto de la detracción.
Las disposiciones del presente decreto entran en vigencia y son de aplicación a partir de las contribuciones patronales devengadas el 01/03/2019.