Régimen de Facilidades de Pago Permanente. Adecuación de la reglamentación.
Se establecen modificaciones a la reglamentación del Régimen de Facilidades de Pago Permanente -Decreto (PE) 1738/2016- , en virtud de las disposiciones del Decreto (PE) 457/2019.
En ese sentido, se indica que para los planes que se suscriban como modalidad de pago más de 36 cuotas, se dispone que el pago mínimo será de $5.000. Adicionalmente, se elimina el tratamiento diferencial para los grandes contribuyentes en relación con estos pagos.
Por otro lado, se aclara que el porcentaje de deuda consolidada a tener en cuenta a fin de establecer el monto de la primera cuota será de 30% ó 40%, dependiendo de si el plan de facilidades tenga entre 48 y 90 cuotas o más de 90 cuotas, respectivamente.
Las disposiciones de la presente entran en vigencia y son de aplicación a partir del 26/04/2019.