Tasa de Interés resarcitorio y punitorio. Modificación.
Se modifica, a partir del 01/08/2019, la tasa de interés resarcitorio y punitorio aplicable para la cancelación de obligaciones que se encuentren expresadas en dólares estadounidenses o sujetas a actualización.
Al respecto, cabe destacar que la tasa de interés mensual será del 0,83% para los resarcitorios y de 1,00% para los punitorios.
A su vez, se establece que, cuando se efectué un recurso de acción de repetición, devolución, reintegro y/o compensación de tributos en pesos, la tasa de intereses mensual será la equivalente a la tasa pasiva promedio efectiva anual publicada por el Banco Central de la República Argentina para el período de 30 días finalizado el día veinte 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre. Por otro lado, si el recurso se debe a obligaciones en moneda estadounidense, la tasa será del 0,20% mensual.
Recordamos que con anterioridad la tasa se fijaba en 0,50% mensual para ambos casos.
Por último, cabe destacar que, para la cancelación de obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución, se deberán aplicar las tasas que para cada periodo se encuentren vigente.
La presente resolución entra en vigencia desde 18/07/2019 y es aplicación a partir del 01/08/2019.