Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Ley Impositiva. Modificación de Alícuotas.

 

Se establecen alícuotas especiales en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a ciertas actividades, aplicables al ejercicio fiscal 2019, entre las cuales destacamos las siguientes:

  • Actividades de producción primaria, excepto los ingresos por ventas a consumidores finales: 0,75%.
  • Actividades de transporte de carga y pasajeros: 2,00%.
  • Actividades de la Construcción: 2,50%.
  • Alquileres de inmuebles que tengan por destino fiestas, convenciones y otros eventos similares: 5,00%.
  • Servicios financieros, los servicios de financiación, actividades financieras y otros servicios de créditos: 7,00%.

La presente disposición entra en vigencia desde el 03/07/2019 y es de aplicación a partir del ejercicio fiscal 2019.