Relevamiento de Activos y Pasivos Externos. Adecuaciones.
Se establecen adecuaciones al Relevamiento de Activos y Pasivos Externos -Comunicación “A” (BCRA) 6401/2017-.
En este sentido, se dispone que la mencionada presentación, en lugar de ser a los fines estadísticos, pasará a tener carácter de declaración jurada.
Por otro lado, los sujetos no obligados hasta el momento a presentar la declaración jurada correspondiente al período 2018 (por no encuadrar en ninguna categoría), deberán efectuarla en su versión simplificada en la medida que registren deuda al 31/12/2018 con sujetos no residentes. La fecha límite para la presentación es el 14/11/2019.
Del mismo modo, estos sujetos, en la medida que registren deuda con no residentes al 31/12/2019, deberán presentar la declaración jurada 2019, en formato simplificado, antes del 14/02/2020. Cabe destacar que dicha fecha de vencimiento también operará para los sujetos categorizados como “muestra secundaria” y “muestra complementaria”.
Se destaca que, a partir del primer trimestre del año 2020 todas las personas jurídicas o humanas con pasivos externos a fin de cualquier trimestre calendario, o que los hubieran cancelado durante ese trimestre, deberán realizar presentaciones trimestrales, dejando de ser aplicable la categorización por muestras, en función a los montos de activos y pasivos externos, aplicada hasta el año 2019.
Asimismo, aquellos declarantes para los cuales el saldo de activos y pasivos externos a fin de cada año alcance o supere el equivalente a los US$ 50.000.000, deberán efectuar una presentación anual. Dicha presentación permitirá complementar, ratificar, y/o rectificar las presentaciones trimestrales ya realizadas.
Los plazos máximos para presentar y validar las declaraciones trimestrales serán de 45 días corridos desde el cierre de cada trimestre calendario. En cambio, la fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual operará a los 180 días corridos desde el cierre del año de referencia.
Las disposiciones de la presente entran en vigencia y son de aplicación a partir del 27/09/2019.