Plan de Facilidades de Pago. Régimen permanente. Deudas por intereses resarcitorios, capitalizables y/o punitorios. Regularización.
Se habilita la posibilidad de regularizar deudas por intereses resarcitorios, capitalizables y/o punitorios originados en obligaciones de capital que ya hubiesen sido canceladas, ya sean impositivas y/o previsionales, dentro del plan de facilidades de pago permanente -Resolución General (AFIP) 4268/2018 (Ver nuestro Tax Report N° 131 del mes de julio de 2018)-.
Cabe destacar que se incluye dentro de esta posibilidad a los intereses de retenciones y percepciones impositivas, anticipos y demás pagos a cuenta.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia desde el 30/09/2019 y son de aplicación a partir del 01/10/2019.