Sociedades de Garantía Recíproca. Modificaciones al Limite Operativo.
Se establecen cambios económicos transitorios para las Sociedades de Garantía Recíproca, respecto de los límites operativos que establece la Ley (PL) 24.467.
Entre los cambios más relevantes destacamos los siguientes:
- Se autoriza hasta el 31/03/2020 a calcular el limite operativo sobre la base del Fondo de Riesgo Computable, aun cuando el fondo superase el 15% del Fondo de Riesgo Total Computable.
- Se autoriza a computar las operaciones otorgadas en dólares estadounidenses y hasta el 09/08/2019, respecto de aquellas que hayan quedado excedidas del 5% del límite operativo individual por socio participe y/o tercero.
- Se autoriza hasta el 31/03/2020 a renovar las operaciones emitidas y otorgadas en dólares estadounidense entre el 04/09/2018 y 09/08/2019, en la medida que las mismas hubieran excedido el límite del 5% operativo individual por socio participe y/o tercero.
A los efectos del mismo, las sociedades deberán informar a la Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa el listado de garantías que hayan sido otorgadas.
La presente resolución entra en vigencia y es de aplicación a partir del 11/10/2019.