Ley Impositiva 2017. Código Fiscal. Modificaciones.
Se establecen las alícuotas aplicables para todos los tributos a cargo de la Provincia de Buenos Aires por el período fiscal 2017.
Entre las modificaciones más relevantes, se destacan las siguientes:
- Impuesto Sobre los Ingresos Brutos:- Se incrementa de 12% a 15% la alícuota aplicable para los servicios de explotación de salas de bingo y servicio de explotación de máquinas tragamonedas.
– Se reducen de 3% a 2,5% la alícuota aplicable para los pequeños contribuyentes que desarrollen, dentro del territorio provincial, actividades de comercialización mayorista o minorista.
– Se incrementan los mínimos mensuales y de iniciación de actividades de $ 147 a $ 175.
– Se incrementa de $ 8.957 a $10.695 el monto máximo de alquiler mensual a partir del cual las personas humanas estarán alcanzadas en el presente impuesto, por la locación de un inmueble. - Impuesto de Sellos:- Se incrementa del 1% al 3% la alícuota aplicable para los actos y contratos por compraventa de automotores nuevos.
– Estarán gravados los actos, contratos y operaciones realizadas por correspondencia epistolar o telegráfica, o generados por medios electrónicos con firma digital.
Por otra parte, cabe destacar que la multa por la falta de presentación de declaraciones juradas ascenderá a $ 400, para el caso de personas físicas, y $ 800, para personas jurídicas. Al respecto, cabe mencionar que cuando la infracción sea cometida por un Agente de Recaudación, la multa será de $ 5.500.
Asimismo, se dispone que cuando se detecte alguno de los supuestos para la aplicación de clausura, la multa ascenderá a $ 80.000 y la clausura será de 4 a 10 días para el establecimiento comercial, industrial, agropecuarios o de servicios.
Las disposiciones de la presente ley tienen vigencia y son de aplicación a partir del 01/01/2017.