Creación de Registro Especial de Empresas MiPyMEs.
Se crea el Registro de Empresas MiPyMEs, al cual podrán inscribirse todas aquellas empresas que acrediten su condición de micro, pequeña o mediana empresa en los términos del artículo 1 de la Ley (PL) 25.300.
Al respecto, cuando la empresa solicitante encuadre como tal, la dirección nacional de programas y proyectos procederá a inscribir a la empresa en el registro y emitirá el certificado de acreditación de dicha condición.
Asimismo, el “Certificado MiPyMEs” tendrá vigencia desde su emisión y hasta el último día del tercer mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de la empresa solicitante.
Cabe destacar que, la Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y la Dirección Nacional de Programas y Proyectos podrá hacer uso de medidas que consideren necesarias con el objetivo de verificar la veracidad de la información presentada y en caso de encontrar alguna irregularidad, se procederá a dar la baja la inscripción y caerán los beneficios que hubiesen sido otorgados. Adicionalmente en caso de corresponder se dará la intervención a la AFIP.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia a partir del 16/02/2017 y son de aplicación a partir del 01/03/2017.