Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Adecuación.
A través de la presente Resolución General se adecua la normativa vigente referida al régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias (R.G. (D.P.R.) 1173/2007).
Se agregan a las exclusiones del régimen, las acreditaciones provenientes de los rescates de fondos comunes de inversión, constituidos por el titular de la cuenta, siempre que los mismos se hayan constituido con fondos previamente acreditados en cuentas a nombre del mismo titular
Asimismo, cuando la titularidad de la cuenta pertenezca a más de un contribuyente empadronado en el Régimen de SIRCREB, el importe de lo recaudado deberá ser tomado como pago a cuenta por el destinatario de las retenciones.